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Nuevo Sistema de Tasación Electrónica del BCR: preguntas y respuestas de nuestro webinar


Nuevo Sistema de Tasación Electrónica del BCR



El cambio en el Sistema de Tasación Electrónica del Banco de Costa Rica (BCR) generó numerosas consultas entre los profesionales que utilizan esta herramienta.


Durante nuestro webinar sobre el nuevo sistema, los asistentes tuvieron la oportunidad de plantear sus preguntas, las cuales fueron respondidas por la persona encargada de impartir la charla.


Con el objetivo de que esta información quede disponible como material de consulta, recopilamos a continuación las 31 preguntas y respuestas compartidas durante el webinar.


1. ¿Cuándo empieza a regir el cambio en el sistema?


El cambio se verá reflejado a partir del sábado 05 de septiembre a las 6:00 a. m.


2. ¿Cómo se compartirán las guías de uso de la nueva versión del sistema?


Las guías de uso se compartirán por correo por medio del sistema de envío de GlobaLex, estarán disponibles en el Centro de Asistencia del Banco de Costa Rica y pueden solicitarse a los correos:

3. ¿Dónde se puede revisar la charla nuevamente?


Puede volver a mirar el video en el siguiente enlace:


4. ¿Existe la posibilidad de digitar el pago de 5 colones de timbre de Archivo Nacional, por ejemplo 20 veces, por separado y que se pueda imprimir como lo hacen en ventanilla en pequeños cuadritos cada uno?


El pago masivo, tal y como existe en ventanilla, no estará disponible en las plataformas electrónicas. Lo que puede utilizar es el botón “Copiar Cálculo” para generar recibos con las mismas características sin necesidad de volver a realizar todo el flujo de cálculo. Los cálculos permanecerán en el carrito mientras la sesión del usuario esté activa.


5. ¿Existirá una nueva forma de pago con Tribu-CR de traspasos o será igual con Tasaban BCR?


Los impuestos de traspaso presentados por medio de los canales electrónicos se seguirán gestionando por medio del sistema de tasación electrónica. No existe aún la opción de pagarlos en Tribu-CR. En ventanilla se continuará recibiendo los formularios D-120 y D-121 generados desde el Eddi-7.


6. ¿En el caso de pagos en dólares, queda al final consignado el “tipo de cambio del día”?


Las tasaciones que impliquen conversión del tipo de cambio usarán el valor de la fecha indicada en el campo “fecha de otorgamiento” y ese valor será indicado en el comprobante.


7. ¿Las tasaciones que no se pagan inmediatamente pueden tener listo el formulario del impuesto?


Sí se puede calcular, completar el formulario y realizar el pago posteriormente en la misma sesión o en un momento diferente. Es importante anotar el número de tasación y entero para poder hacer la consulta y el pago posterior.


8. ¿En tema de marcas comerciales, entonces el recibo y pago sería en dólares? ¿Esto quiere decir que no se debe realizar el pago el mismo día de presentación de la solicitud de esa marca? Ya que anteriormente no se podía otro día por tema del tipo de cambio y podían rechazar la solicitud por la diferencia cambiaria.


Los recibos de marca comercial se generarán en dólares, no tendrán uso de tipo de cambio, por lo que no los afectarán las diferencias en los valores de este elemento a través del tiempo.


9. ¿Se ha implementado alguna mejora que facilite el pago de la diferencia en el impuesto? Mueble y/o inmueble.


Los pagos de diferencias de impuestos han estado siempre habilitados y se replicará la funcionalidad en el sistema nuevo. Se debe realizar en la modalidad “Enteros” / Registro: 10 Impuesto Tributación DGTD / Actos: 1 y 2.


10. ¿Los actos referidos a USUFRUCTOS que no aparecen en el sistema actual como acto específico, entiendo que aparecerán ahora sí en el apartado de ENTEROS?


Sí, se incorporarán al catálogo de actos.


11. ¿Por qué en montos fijos no se puede pagar a los Concejos de Distrito?


Sí es posible pagar los timbres de Concejos de Distrito en montos fijos. Debe elegirse el acto original en donde debe ser registrado (traspaso, donación, dación) y colocar o elegir el número de código de timbre y el monto.


12. ¿Se puede hacer pago de impuesto de traspaso desde montos fijos?


No, se realiza en Enteros / Registro: 10 Impuesto Tributación DGTD / Actos 1 y 2.


13. ¿Se puede pagar el impuesto de traspaso indirecto en bancobcr.com? Sin utilizar EDDI-7.


Aún no, se está trabajando para habilitar esa opción en conjunto con el Ministerio de Hacienda.


14. ¿Se corrigió el problema con el formulario de declaración del impuesto de transferencia de vehículos, el cual indicaba en una parte del formulario que se debía llenar la casilla 84 denominada “compensación de crédito”; sin embargo, dicho monto en la aplicación Eddi-7 que se usaba antes no viene, esa casilla salta de la 83 a la 85?


Sí, ha sido corregido.


15. ¿Cómo podemos solicitar reintegro de timbres por equivocación, digamos de una Municipalidad?


Reintegro desde el BCR: debe solicitarse en la misma fecha de pago por medio del formulario 37-ZD, que puede descargarse en el siguiente enlace:



Se debe enviar a la dirección:


Si la fecha de pago ya ha pasado, la solicitud debe hacerse directamente en la municipalidad a la cual se acreditó el pago incorrecto.


16. ¿El pago se habilitará en el app del BCR?


No como parte de esta implementación. Se está trabajando para habilitarlo más adelante.


17. ¿Se puede hacer el pago de marca? Que son 50 dólares y que la plataforma no lo permitía.


Sí, se podrá realizar el pago de marca comercial y patentes en dólares.


18. ¿Cuál es el número del Centro de Asistencia?


19. ¿Cómo se cancela lo correspondiente a la Ley 8 000?


Solamente puede ser pagado en ventanillas físicas.


20. ¿En los casos en que la fecha de otorgamiento supera el mes no es necesario hacer el Eddi-7 e ir a pagar en ventanilla, sino que se podrá hacer desde la página?


Correcto, puede pagarse desde la página.


21. ¿Si se hace una tasación de traspaso de vehículos, si pide la información del impuesto de traspaso de Hacienda, e imprimo el Eddi y si no quiero pagar en línea, puedo llevar la tasación y las hojas impresas del Eddi a ventanilla?


Sí, puede presentarse a ventanilla con las declaraciones impresas y el cálculo y realizar el pago.


22. ¿Cómo se colocan los números de placa que son más largos para efecto de hacer el traspaso? ¿Se antecede con los ceros que sean necesarios? Ej. SJB 812930.


El formato del campo número de placa para vehículos es el siguiente:

0000-0000-000000


Se deberá tomar solo la parte del número de placa sin el tipo y colocar ceros a la izquierda, tantos como sea necesario, y luego el número de placa.


En ese ejemplo queda así:

0000-0000-812930


23. Actualmente el tiempo para llenar el formulario es muy corto, y por cada dato que va uno incluyendo hay que estar refrescando la pantalla para no perder la información; porque en su defecto hay que estar iniciando el formulario. ¿Pueden ampliar el tiempo para completar los formularios de cálculos y los formularios D-120?


El tiempo de vencimiento de sesión no puede variar por un tema de seguridad de los datos del cliente; sin embargo, se ha trabajado en una versión más corta del formulario que no requiere tanto tiempo para ser completado.


24. ¿Cómo se pagan los timbres fiscales?


Se paga en la modalidad Montos Fijos, se utiliza el registro 32 Cobro Timbre Fiscal y los actos que lo conforman de acuerdo con el trámite que requiera. El código del timbre es el 005.


25. Hay instituciones donde no me aceptan el PDF porque indican que no viene algo de la página web del BCR, ¿saben qué es eso?


Sí, algunas instituciones solicitan que en el comprobante se muestre la barra de navegación de la página, ya que lo toman como un elemento de seguridad del pago. Es una decisión independiente de cada organización. La barra siempre se muestra; en esos casos se debe guardar un recorte de la pantalla, ya que la descarga del comprobante no guarda esa parte de la pantalla.


26. ¿Dónde conseguir ese formulario 37-ZD?



Se debe enviar a la dirección:


27. ¿Cómo funcionan las reversiones cuando el entero se pagó a las 9 de la noche?


Es el mismo procedimiento del formulario; sin embargo, debe comunicarse directamente al Centro de Asistencia al 2211-1111.


28. ¿En los traspasos de BI no hay que incluir el número de finca?


No es un dato obligatorio.


29. ¿Cuándo cambió el timbre de Cruz Roja?


A partir de mayo 2026.


30. ¿El tipo de cambio que usará la aplicación de acuerdo con la fecha de otorgamiento será el del BCR?


No, para los cálculos con conversión de montos se usará el tipo de cambio de venta del Banco Central de Costa Rica, de acuerdo con la instrucción de Registro Nacional para esos casos.


31. Una vez calculado, ¿se guarda automáticamente en el carrito y ahí entramos y es donde se hace el pago?


Correcto, en el carrito se guardarán todas las tasaciones calculadas en la sesión y cada una tendrá un botón de pagar que llevará a la pantalla donde eligen la cuenta para el débito.


¿Querés volver a ver el webinar?


Si no pudiste participar en la transmisión completa o querés repasar la explicación sobre el nuevo Sistema de Tasación Electrónica del BCR, podés volver a ver la grabación del webinar.


Desde GlobaLex continuaremos compartiendo información de interés y recursos que permitan a nuestros usuarios mantenerse actualizados sobre los cambios que inciden en su ejercicio profesional.

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