¿Lo llaman por una deuda que no es suya? Estos son los mecanismos legales para proteger sus datos personales
- GlobaLex

- 24 jul
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La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (PRODHAB) emitió la Directriz General PRODHAB-DIR-DN-001-2026, mediante la cual estableció nuevas obligaciones para las entidades públicas y privadas que realizan o contratan gestiones de cobro. Su finalidad es garantizar el respeto al derecho fundamental de la autodeterminación informativa y evitar el uso indebido de datos personales durante los procesos de cobro.
La Directriz desarrolla los principios contenidos en la Ley N.° 8968, Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, y recuerda que las entidades responsables del tratamiento de datos deben actuar dentro de los límites que establece dicha normativa.
¿Cuándo una gestión de cobro puede ser contraria a la ley?
La Directriz dispone que únicamente podrán solicitarse los datos personales del titular de la obligación. Si una entidad pretende incorporar datos de terceros a su base de datos, deberá contar con el consentimiento informado y expreso de esas personas, respetando además los principios de proporcionalidad y razonabilidad.
Asimismo, prohíbe expresamente:
contactar a personas que no mantienen relación directa con la deuda y que no hayan autorizado ser contactadas para ese fin;
utilizar datos de contacto laboral para realizar gestiones de cobro, salvo que exista una orden judicial firme que lo autorice para una finalidad específica; y
realizar comunicaciones de cobro sin que sea claramente identificable el responsable de la base de datos.
Estas disposiciones buscan evitar que terceros ajenos a una obligación sean afectados mediante llamadas, mensajes o cualquier otra comunicación de cobro.
¿Qué puede hacer el afectado?
Cuando una persona considera que sus datos personales están siendo utilizados en contravención de la Ley N.° 8968 o de la Directriz, puede acudir ante la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (PRODHAB).
El artículo 24 de la Ley N.° 8968 establece que toda persona que tenga un derecho subjetivo o un interés legítimo puede presentar una denuncia cuando una base de datos pública o privada actúe en contravención de las reglas y principios de protección de datos personales y de la autodeterminación informativa.
¿Cómo se tramita la denuncia?
Una vez presentada la denuncia, la PRODHAB otorgará al responsable de la base de datos un plazo de tres días hábiles para responder a los hechos denunciados y aportar la prueba correspondiente.
Durante el procedimiento, la Agencia podrá requerir información adicional, realizar inspecciones en las bases de datos e incluso adoptar medidas cautelares cuando resulten necesarias para proteger los derechos del afectado.
La Ley dispone que la PRODHAB deberá emitir la resolución final a más tardar un mes después de presentada la denuncia. Contra esa resolución procede recurso de reconsideración dentro del tercer día, el cual deberá resolverse dentro de los ocho días siguientes.
¿Qué puede ordenar la PRODHAB?
Si la denuncia resulta fundada y se determina que la información fue indebidamente recolectada, almacenada, utilizada o difundida, o bien que es falsa, incompleta o inexacta, la PRODHAB podrá ordenar, según corresponda:
la supresión de los datos;
su rectificación;
su adición o aclaración; o
impedir su transferencia o difusión.
El incumplimiento de estas órdenes puede dar lugar a la imposición de las sanciones previstas en la Ley N.° 8968.
¿Puede iniciarse un procedimiento sancionatorio?
Sí. Además de la denuncia presentada por el afectado, la Ley faculta a la PRODHAB para iniciar, de oficio o a instancia de parte, un procedimiento sancionatorio con el fin de determinar si una base de datos está siendo utilizada conforme a los principios de la Ley.
La propia Directriz PRODHAB-DIR-DN-001-2026 recuerda esta potestad e indica que, cuando existan indicios de incumplimiento, la Agencia podrá iniciar Procedimientos de Protección de Derechos y que la reincidencia en prácticas previamente declaradas indebidas constituye un agravante que puede dar lugar a Procedimientos Ordinarios Sancionatorios, conforme a los artículos 27 y 28 de la Ley N.° 8968.
¿Qué sanciones establece la Ley?
La Ley N.° 8968 clasifica las infracciones en leves, graves y gravísimas, con multas cuya cuantía varía según la gravedad de la conducta. En los casos más graves, además de la multa, puede imponerse la suspensión del funcionamiento de la base de datos por un período de uno a seis meses, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieran corresponder.
Entre las conductas calificadas como graves se encuentran:
tratar datos personales sin el consentimiento informado y expreso del titular;
utilizar los datos para una finalidad distinta de aquella para la cual fueron autorizados;
transferir datos personales en contravención de la Ley;
negar injustificadamente el acceso a la información personal; y
negarse a eliminar o rectificar datos cuando ello corresponda.
Asimismo, la Ley tipifica como faltas gravísimas, entre otras, obtener datos personales mediante engaño, violencia o amenaza, revelar información protegida por deber de confidencialidad o tratar determinados datos personales en contravención de la normativa.
Consideraciones finales
La Directriz PRODHAB-DIR-DN-001-2026 refuerza las obligaciones que ya establece la Ley N.° 8968 respecto del tratamiento de datos personales en las gestiones de cobro y deja claro que las entidades no pueden contactar a terceros ajenos a la obligación ni utilizar datos personales fuera de los supuestos autorizados por la normativa.
Cuando una persona recibe llamadas de cobro por una deuda que no le corresponde o considera que sus datos personales están siendo utilizados indebidamente, cuenta con mecanismos administrativos para solicitar la protección de sus derechos ante la PRODHAB. La Agencia puede investigar los hechos, ordenar la corrección o supresión de la información cuando corresponda e iniciar procedimientos sancionatorios contra los responsables cuando se acrediten incumplimientos de la Ley.





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