Costa Rica: Nuevos tramos del Impuesto al Salario, Renta y Créditos Fiscales para 2026 (Decreto 45333-H)
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- 5 dic
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Mediante Decreto Ejecutivo N. 45333-H, publicado en la Gaceta N. 229 del 05 de diciembre del 2025, se oficializó la actualización de los tramos del Impuesto sobre la Renta, así como los créditos fiscales aplicables a asalariados, personas físicas con actividades lucrativas y personas jurídicas, que entran a regir a partir del 1° de enero de 2026.
De acuerdo con los considerandos del decreto, el Índice de Precios al Consumidor presentó una variación de -0,38%, esto obliga a ajustar los montos aplicables a los diferentes tramos del impuesto con el mismo porcentaje, según lo dispuesto en los artículos 15, 33, 34 y 64 inciso b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Cambios aplicables a partir del 2026
1. Impuesto al salario (Artículo 33)
Los nuevos tramos mensuales quedan de la siguiente manera:
Renta mensual | Impuesto aplicable |
Hasta ¢918.000 | Exento |
De ¢918.000 a ¢1.347.000 | 10% |
De ¢1.347.000 a ¢2.364.000 | 15% |
De ¢2.364.000 a ¢4.727.000 | 20% |
Más de ¢4.727.000 | 25% |
2. Créditos fiscales para asalariados (Artículo 34 incisos i e ii)
Categoría | Crédito mensual 2026 |
Por cada hijo | ¢1.710 |
Por cónyuge | ¢2.590 |
3. Personas jurídicas (Artículo 15 inciso b)
Aplica únicamente para empresas con renta bruta anual igual o inferior a ¢119.174.000:
Tramo de renta neta anual | Tarifa |
Hasta ¢5.621.000 | 5% |
De ¢5.621.000 a ¢8.433.000 | 10% |
De ¢8.433.000 a ¢11.243.000 | 15% |
Sobre el exceso de ¢11.243.000 | 20% |
4. Personas físicas con actividades lucrativas (Artículo 15 inciso c)
Renta neta anual | Tasa aplicable |
Hasta ¢6.244.000 | Exento |
De ¢6.244.000 a ¢8.329.000 | 10% |
De ¢8.329.000 a ¢10.414.000 | 15% |
De ¢10.414.000 a ¢20.872.000 | 20% |
Sobre el exceso de ¢20.872.000 | 25% |
5. Créditos fiscales aplicables a personas físicas con actividades lucrativas (Artículo 15 inciso c)
Categoría | Crédito anual 2026 |
Por cada hijo | ¢20.520 |
Por cónyuge | ¢31.080 |
Esta actualización la podrá consultar en su módulo de cálculos de GlobaLex y en la respectiva normativa a partir del 01 de enero de 2026. Estos cambios deberán ser considerados para efectos de retenciones salariales, declaración de impuestos, planificación fiscal y cumplimiento tributario por parte de contribuyentes, patronos, contadores y asesores legales.
