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Prórroga de la fecha de vigencia de las cédulas de identidad vencidas

15 jul 2020
2 min de lectura

Estimados usuarios de GlobaLex,

Les informamos que en la Gaceta N. 145, el Tribunal Supremo de Elecciones publicó el Decreto N° 3-2020, Prórroga de la fecha de vigencia de las cédulas de identidad vencidas e inicio paulatino de renovación.


La cédula de identidad es de portación obligatoria para los ciudadanos, a efectos de poder realizar los distintos actos y contratos indicados en el artículo 95 de Ley de Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; obligación que se refuerza con las sanciones dispuestas en sus dos siguientes numerales. Asi mismo, es necesaria para cualquier trámite Notarial-Legal.

El decreto se emite en virtud de las circunstancias excepcionales que vive el país y la obligada tutela de los derechos fundamentales a la salud y la vida, por lo que se procede a extender la vigencia del documento de identidad, para reducir su demanda y mitigar así el riesgo de contagio.

En el decreto se extiende, hasta el 6 de febrero de 2022, la fecha de vigencia de las cédulas de identidad que venzan en el período comprendido entre el 4 de febrero de 2020 y el 5 de febrero de 2022, ambas fechas inclusive.

El inicio paulatino para la renovación, será de la siguiente manera a partir del 7 de febrero de 2022, según el último número de su documento de identidad:

  • En el mes de febrero los que termine en 1 y 2

  • En marzo los que terminen en 3 y 4

  • En abril los terminados en 5 y 6

  • En mayo los que terminen en 7 y 8

  • En junio los terminados en 9 y 0.

En tal sentido, se extenderá adicionalmente la vigencia de estas cédulas de identidad hasta terminado el mes que les corresponda su renovación.

Muchas gracias y quedamos a completa disposición

 
 
 

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