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Tamaño mínimo de letra 12 en Documentos Extraprotocolares


Estimados usuarios de GlobaLex,

Les informamos que mediante ACUERDO N° 7 tomado en sesión ordinaria N° 6, celebrada por el Consejo Superior Notarial el 29 de marzo de 2023, se dispuso reformar el artículo 11 de los Lineamientos para el ejercicio y control del servicio notarial.

Quedando de la siguiente manera el texto:


"Artículo 11. Papel a utilizar. Tamaño de letra. En la expedición de cualquier documento notarial extraprotocolar en soporte físico, el notario utilizará su papel de seguridad. El uso de documentos notariales extraprotocolares en soporte electrónico está permitido, para lo cual deberá referirse el notario a la normativa al efecto dispuesta por el Consejo Superior Notarial, que determina las características de seguridad que debe cumplir. En la elaboración de documentos notariales protocolares se utilizarán caracteres respetando un tamaño mínimo de letra diez, y en los documentos notariales extraprotocolares indistintamente del soporte utilizado se deberá respetar un tamaño mínimo de letra doce. El Notario deberá respetar el uso de un tipo de letra estándar cuando se utilicen medios mecánicos o electrónicos, pudiendo optar por utilizar Arial, Times New Roman, Verdana o Calibri, con el fin de garantizar que el contenido sea legible." (negrita no es del original)

En caso de requerir el cambio en su sistema GlobaLex de Notariado, favor contactarnos por WhatsApp al 6010-2030 o al teléfono 2280-2202 en la opción de soporte y con guste le atenderemos.

Muchas Gracias y quedamos a completa disposición,

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