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Segunda prórroga del plazo para acogerse a la condonación de las cargas sociales para trabajadores independientes y patronos


Estimados usuarios de GlobaLex,


Les informamos que en el Alcance N. 201 del 11 de diciembre, se publicó la Ley N. 10604 Segunda prórroga del plazo para acogerse a la condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales.


Que mediante esta ley se amplía el plazo de deudas condenables a aquellas que superen un año de antigüedad en el momento de cumplirse la condición prevista en los artículos 2 y 3 de la Ley 10432, Prórroga de la Amnistía para la Formalización y Recaudación de las Cargas Sociales.

Recordemos que el Artículo 2. Autorización a la Caja Costarricense de Seguro Social para condonación de la Ley de autorización y condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales N. 10232 indica:


"Se autoriza a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) a condonar:


a) En el caso de los trabajadores independientes, los adeudos por multas, recargos e intereses.

b) En el caso de los patronos, los adeudos por multas, recargos e intereses.

La condonación debe basarse en parámetros razonables y objetivos en atención al principio de igualdad, siempre tomando en consideración la autonomía constitucional de la CCSS."


Se amplía por un nuevo plazo de doce meses, se prorrogan las autorizaciones de condonación previstas en los artículos 3, 5 y 6 de la Ley 10232, Autorización de Condonación para la Formalización y Recaudación de las Cargas Sociales, del 29 de abril de 2022, que incluyan las deudas con otras instituciones.


Este nuevo plazo comenzará a computarse a partir de la publicación de esta ley.


Además se adicionó un párrafo final al transitorio único de la Ley 10232, Autorización de Condonación para la Formalización y Recaudación de las Cargas Sociales, del 29 de abril de 2022.


El texto es el siguiente:


"Transitorio único- ( ... ) El plazo adicional de doce meses comenzará a computarse una vez que la Caja Costarricense de Seguro Social haya completado los ajustes necesarios en su sistema informático para incluir las facturas por servicios médicos, y cualquier otro ajuste que sea necesario, a fin de que la ley sea implementada en su totalidad."


Quedamos a su completa disposición,

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