Registro de Bienes Muebles informa procedimiento para la inscripción y el cambio de características de vehículos ante la salida de la empresa RITEVE SyC
Estimados usuarios de GlobaLex,
Les informamos que desde esta semana consta en la página web del Registro Nacional un documento con el objetivo de agilizar los trámites de inscripción de vehículos, cambio de características, pago y entrega de derechos de circulación para vehículos de primer ingreso y que no cuentan con la transmisión electrónica de la información, o la misma contenga errores.
Nos permitimos transcribir lo indicado en el documento:
"Ante la salida de operaciones de la empresa Riteve SyC y tomando en cuenta que hubo usuarios que sí alcanzaron a realizar la inspección técnica para efectos de inscripción o de cambios de características, pero que por un motivo u otro no se logró la emisión del informe respectivo o la transmisión informática de los datos o incluso, de haberse realizado, existen datos erróneos que deben ser corregidos; se podrá proceder de la siguiente forma:
1. Inscripciones: si la inspección para la inscripción fue realizada y Riteve no alcanzó a realizar la transmisión de los datos de forma digital se podrá proceder a adjuntar la Tarjeta de Revisión Técnica o el Informe de Verificación de Datos (cualquiera de los dos), a fin de que el Registro pueda obtener de allí las características técnicas del vehículo y practicar la inscripción. Se procederá de la misma forma, cuando la transmisión de datos sí fue realizada, pero la misma consigna datos erróneos, bajo el entendido de que la información que indica la Tarjeta de Revisión Técnica o el Informe de Verificación de Datos sea correcta.
2. Cambios de Características: Al no existir conexión con la base de datos de Riteve por motivo del cierre, resulta imposible la verificación de los Informes de Cambios de Características digitales que se hayan generado; ante esto, los interesados podrán solicitar el cambio de características al Registro, aportando la Tarjeta de Revisión Técnica que se les haya emitido al momento de la inspección.
Esto es posible debido a que ambos documentos tienen carácter oficial y fueron expedidos por la entidad competente en la materia hasta el momento de la su emisión.
Se aclara que estas medidas aplican para los vehículos que sí realizaron la revisión técnica con Riteve para un efecto u otro, de forma previa a la salida de operaciones de dicha empresa.Los casos nuevos deberán esperar a que entre en funcionamiento nuevamente el servicio de inspección técnica por la autoridad competente."
Muchas gracias y quedamos a completa disposición,
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