Estimados usuarios de GlobaLex,
Les informamos que el día de hoy se publicó la Resolución N. DGT-R-21-2022, la cuál prorroga el plazo para presentación de las declaraciones informativas de las sociedades inactivas.
Recordemos que mediante el Alcance Digital Nº 80 a La Gaceta Nº 73 del 22 de abril del 2022, dictada por la Dirección General de Tributación, se publicó la resolución N° DGT-R-012-2022 de las catorce horas del veintiuno de abril de dos mil veintidós, en la que se establecieron prórrogas para la presentación de declaraciones y pago de impuestos según el tipo de contribuyente, lo anterior debido a la imposibilidad que presentó el sistema informático de la Administración Tributaria para que los usuarios cumplieran con el deber de autoliquidación y pago de las declaraciones con motivo del hackeo sufrido.
Asimismo, mediante el Alcance Nº 117 a La Gaceta Nº 108 del 10 de junio 2022, dictada por la Dirección General de Hacienda y Dirección General de Tributación, se publicó la resolución RES-DGH-023-2022/DGT-R-018-2022, de las ocho horas del siete de junio del 2022, la cual entre las regulaciones establecidas consideró oportuno adicionar un artículo 7 a la resolución DGT-R-012-2022 mencionada en el considerando II, a fin de que se indicara en el inciso a) de ese mismo articulado, la ampliación del plazo para la presentación de las declaraciones informativas de las sociedades inactivas.
No obstante dicha adición, esta Dirección estima conveniente prorrogar el plazo mencionado, toda vez que han surgido dudas por parte de los obligados tributarios sobre el uso correcto de las Declaraciones Informativas para las Sociedades Inactivas, formulario simplificado D-101, por lo que, en aras de proporcionarle seguridad jurídica a los obligadostributarios, se considera necesario aclarar la normativa que respalda la presentación de esta declaración informativa y desarrollar un programa especial de información y asistencia, de manera que les facilite el adecuado cumplimento en el deber formal de sus obligaciones, por lo cual se requiere ampliar el plazo para el cumplimiento indicado.
Por estas razones, Se prorroga el plazo para la presentación de las declaraciones informativas de las sociedades inactivas, para el día 15 de noviembre de 2022, razón por la cual los obligados tributarios no incurrirán en la infracción por presentación tardía siempre y cuando cumplan dicha obligación en la fecha señalada.
Muchas gracias y quedamos a completa disposición,
Comentarios