Estimados usuarios de GlobaLex,
Les informamos que en la Gaceta N. 145, el Tribunal Supremo de Elecciones publicó el Decreto N° 3-2020, Prórroga de la fecha de vigencia de las cédulas de identidad vencidas e inicio paulatino de renovación.
La cédula de identidad es de portación obligatoria para los ciudadanos, a efectos de poder realizar los distintos actos y contratos indicados en el artículo 95 de Ley de Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; obligación que se refuerza con las sanciones dispuestas en sus dos siguientes numerales. Asi mismo, es necesaria para cualquier trámite Notarial-Legal.
El decreto se emite en virtud de las circunstancias excepcionales que vive el país y la obligada tutela de los derechos fundamentales a la salud y la vida, por lo que se procede a extender la vigencia del documento de identidad, para reducir su demanda y mitigar así el riesgo de contagio.
En el decreto se extiende, hasta el 6 de febrero de 2022, la fecha de vigencia de las cédulas de identidad que venzan en el período comprendido entre el 4 de febrero de 2020 y el 5 de febrero de 2022, ambas fechas inclusive.
El inicio paulatino para la renovación, será de la siguiente manera a partir del 7 de febrero de 2022, según el último número de su documento de identidad:
En el mes de febrero los que termine en 1 y 2
En marzo los que terminen en 3 y 4
En abril los terminados en 5 y 6
En mayo los que terminen en 7 y 8
En junio los terminados en 9 y 0.
En tal sentido, se extenderá adicionalmente la vigencia de estas cédulas de identidad hasta terminado el mes que les corresponda su renovación.
Muchas gracias y quedamos a completa disposición
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