Estimados usuarios de GlobaLex,
Les informamos el comunicado de la Circular DRI-039-2020 del 31 de diciembre del 2020, emitida por el Registro Inmobiliario, asunto: Guía de Calificación de la Subdirección Registral.
Esta se publica para lograr una mayor uniformidad de criterio y ante los cambios continuos que operan en la normativa costarricense, es menester promulgar una nueva Guía de Calificación de la Subdirección Registral.
Se derogan alrededor de 267 Circulares por encontrarse sus disposiciones contenidas dentro de la nueva Guía de Calificación o bien por contener aspectos meramente informativos, o que se amparan en normativa derogada o bien inaplicable en la actualidad.
Dentro de los principales cambios de la Nueva Guía de Calificación, podemos mencionar:
Incorporación de las adjudicaciones por liquidación de una sociedad mercantil.
Incorporación de los requisitos relativos a la inscripción de bienes destinados al uso público que deben ser inscritos a favor de las Municipales conforme al artículo 40 de la Ley 4240 Ley de Planificación Urbana.
Incorporación de los requisitos para la aplicación de la Ley 9605 Fusión por absorción del Banco Crédito Agrícola de Cartago por el Banco de Costa Rica
Incorporación de los requisitos a verificar en cumplimiento del artículo 44 de la Ley 9036 (Venta de fincas rurales con aptitud para el desarrollo rural por parte del Sistema Bancario Nacional, el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, las instituciones del Estado y los demás entes públicos).
Traspaso de bienes mediante programas de desarrollo social.
Forma de referenciar las autorizaciones para donar por parte de las sociedades mercantiles que son efectuadas por asambleas a favor de sus representantes
Incorporación de un aparte dedicado a los Aportes de Inmuebles.
Se establece el deber de verificación de la autorización al fiduciario para gravar los bienes fideicomitidos.
Reestructuración y simplificación de aparte dedicado a los procesos sucesorios.
Deber de constituir servidumbre de paso cuando se segregue un lote y no se indica como alguno de sus linderos “calle pública”.
Incorporación de un capítulo referente a las comparecencias a través de representantes.
Se elimina el requisito del plano catastrado para el fundo sirviente. Basta con la existencia de un plano catastrado para el fundo dominante.
Rectificaciones de medida no requieren comparecencia de usufructuarios ni beneficiarios de habitación familiar.
Se establece la improcedencia de anotar o inscribir promesas de venta (opciones de venta) o promesas recíprocas de compraventa.
Se incorpora el requerimiento en cuanto a los gravámenes hipotecarios, de que el documento indique expresamente la fecha de vencimiento del gravamen.
Incorporación de un aparte para la interrupción y cancelación de hipotecas por prescripción.
Modificaciones al apartado de la renuncia de ganancialidad.
Incorporación de un capítulo aparte para documentos administrativos.
Incorporación de un capítulo referente a la cancelación de anotaciones y gravámenes vencidos y/o prescritos.
Incorporación de un capítulo referente a la aplicación de las Leyes 9024 y 9428.
El texto completo de la Nueva Guía de Calificación ya lo puede consultar en su sistema GlobaLex PC, GlobaLex Web o GlobaLex Móvil.
Quedamos a completa disposición para cualquier consulta o aclaración.
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